L-2220 Casa Rural en venta en Valldemossa
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9,000,000€
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1,100,000€
This penthouse apartment is located in Sol de Mallorca in a quiet residential complex.
The property offers a bright and spacious open plan living/dining area room with a built in kitchen and breakfast bar, 3 double bedrooms all with direct access to the 46 m2 covered terrace, 2 bathrooms one ensuite and a large 152 m2 open roof terrace with spectacular sea views.
The complex has 3 communal swimming pools, communal gardens and ample parking for residents and visitors.
The apartment is sold with a private underground parking space as well a separate storage room.
Additional features include: air conditioning h/c, sea views, elevator…
Sol de Mallorca is an exclusive residential area on the sought-after southwest coast municipality of Calvià, Mallorca. Sol de Mallorca is around 20-25km from the center of Palma and its international airport. This beautiful area is located between the small coastal resorts of Cala Vinyes and Portals Vells and has its own supermarket and several sandy beaches including the popular Cap Falco within walking distance, as well as a number of golf courses nearby.
The area is near to several international schools as well as only a 5-minute drive to access the motorway with easy connections to all areas of the island. Sol de Mallorca is a purely residential area, perfect for those who wish to be near the sea but want to avoid the hustle and bustle of tourists.
Reference number: 30797
VIDEO DE INTERÉSinterior del ático de Michael Kors en Greenwich Village NOTA DE INTERÉS¿Quién paga las reparaciones en una vivienda de alquiler?En este sentido resolvió la Audiencia de Zaragoza en 2009. En el caso enjuiciado, el casero, en virtud de que el contrato de alquiler establecía que la limpieza y mantenimiento de los electrodomésticos correspondía al arrendatario, trató de que fuera él quien costeara la sustitución de la lavadora cuando esta quedó inservible. Los magistrados rechazaron su pretensión argumentando que el mantenimiento en ningún caso puede equipararse con la sustitución. ¿Qué sucede si lo que se estropea no es el electrodoméstico en su conjunto, sino un elemento del mismo?En 2001, el tribunal provincial de Murcia analizó quién debía pagar el programador de una lavadora, una pieza cuya renovación costaba casi la mitad que el total del aparato. Los jueces finalmente determinaron que, dada su elevada cuantía, no podía considerarse una "pequeña reparación", por lo que no cabía imputárselo al inquilino. Sin embargo, en 2003, la Audiencia de Valencia sí condenó al arrendatario a pagar el arreglo de una pieza del calentador, cuyo precio era solo de 45 euros.También son especialmente conflictivos los aparatos de aire acondicionado. No obstante, los tribunales han tendido a considerar que, especialmente en zonas de calor, son un elemento esencial de la vivienda, de tal modo que los arreglos necesarios para su buen funcionamiento los debe soportar el propietario del inmueble. ¿Quién paga las mejoras?Una de las circunstancias que genera cierta confusión entre los inquilinos es la diferencia entre obra de conservación y obra de mejora. Y alguno, por ello, se ha llevado el disgusto de tener que pagar una intervención que pensaba que recaería sobre su casero. Es el caso de unos arrendatarios que, en 2005, en Pontevedra, y ante la negativa del propietario, decidieron cambiar la instalación del suministro de agua de la vivienda. Originariamente, este provenía de un pozo situado debajo del inmueble y, según alegaron los afectados, su funcionamiento era muy deficiente. Tras la obra, reclamaron al casero que les abonara el importe. Sin embargo, la Audiencia no les dio la razón argumentando: "Adviértase que, si bien la sustitución del sistema de suministro existente por la conexión a la red pública puede considerarse como adecuada, o, incluso, deseable por múltiples razones, la mera conveniencia no es suficiente para crear la obligación a cargo del arrendador". Es decir, la obra era una mejora y no una necesidad. El mismo razonamiento empleó la Audiencia de Zaragoza, en 2000, para rechazar la demanda de un inquilino que pedía que el arrendador pagara la colocación de una ducha en un baño que no la tenía. El órgano judicial entendió que su instalación superaba el estado de conservación de la casa exigible al propietario. Fuente ElPais. Visita nuestro canal @Lujocentral en Youtube con videos de Motivación para Millonarios, Desarrollo y Crecimiento Personal Youtube: https://www.youtube.com/@Lujocentral?sub_confirmation=1 @Lujocentral en Redes Sociales Instagram: https://www.instagram.com/Lujocentral Twitter: https://twitter.com/Lujocentral Facebook: https://www.facebook.com/Lujocentral/ #Tiana #Centro #Main Menu #Bons Aires #Santander #Villaviciosa #Pinar de Advocat #Manacor Centro |
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