L-2311 Villa en venta en Portichol – Balcón al Mar
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Majestuoso chalet en la parroquia de Escaldes Engordany, en una tranquila zona residencial exclusiva de Escaldes y rodeada de naturaleza, a 5 minutos del centro de Andorra, con vistas panorámicas y sensacionales a todo el valle. Se trata de un inmueble distribuido en 4 plantas.
En la planta baja encontramos un luminoso y amplio salón comedor con chimenea de piedra y salida a una terraza. Una gran cocina cerrada totalmente equipada, comedor de diario y salida a la terraza. Esta zona se complementa con un aseo de cortesía.
En la primera planta, encontramos la zona de noche, que consta de 3 habitaciones; 2 de ellas dobles con armarios empotrados; un baño independiente con bañera y una máster suite con vestidor y baño completo con ducha.
La última planta, construido como una vivienda independiente dentro del chalet, consta de un luminoso salón comedor con cocina abierta, totalmente equipada con salida a una terraza con vistas . Así mismo, encontramos una habitación individual, una habitación doble con salida a la terraza y un baño independiente con ducha italiana y zona de lavandería.
La planta subterránea, destinada al garaje de la propiedad, cuenta con una capacidad para 4 vehículos, un trastero, una sala de caldera y un cuarto de lavandería. Para su total comodidad la puerta del garaje es eléctrica.
VIDEO DE INTERÉSEstilo de vida de lujo multimillonario 💲 [Motivación y visualización de la vida multimillonaria 🔥] NOTA DE INTERÉSSecretos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles IBI¿Qué impuestos afecta?La revisión del catastro tiene un impacto directo sobre el Impuesto Inmobiliario (IBI), que grava la propiedad sobre predios rústicos, urbanos y de características especiales, y sobre las plusvalías, lo que incide en el incremento del valor del suelo urbano. Se trata de dos tributos municipales que determinan su base imponible a partir del valor catastral, a los que se aplican factores correctores que varían de un Ayuntamiento a otro y en función del tipo de uso. En Madrid, por ejemplo, los inmuebles urbanos (de uso residencial) tienen una tasa del 0,51%. Si el valor catastral de una vivienda es de 100.000 euros, el IBI a pagar será de 510 euros. El IBI lo pagan anualmente los propietarios de cualquier tipo de inmueble, mientras que la plusvalía solo se aplica cuando existen transmisiones en los inmuebles (ventas, herencias). El valor catastral también influye en el cálculo del Impuesto a las Transmisiones de Activos Ondulosos y Actos Jurídicos Documentados (conocido como ITPAJD) y el Impuesto a Sucesiones y Donaciones. Estos dos se determinan en función del valor real de los bienes y derechos transferidos, sin embargo, “es habitual que al estimar el valor real, concepto legal indeterminado, se utilicen valores que aparecen en los registros fiscales oficiales, como por ejemplo el catastro inmobiliario ”. En cuanto a sus efectos en el impuesto sobre la renta (IRPF), la declaración anual recoge "las rentas de viviendas o locales vacíos, que se calculan aplicando un porcentaje de su valor catastral". También puede repercutir en el Impuesto sobre el Patrimonio (pagado dentro del IRPF por personas con bases imponibles superiores a 700.000 euros a nivel estatal, 600.000 en la Comunidad Valenciana, 500.000 en Cataluña y Extremadura y 400.000 en Aragón), ya que el más alto de Se toma como referencia para el impuesto tres valores distintos: el catastral, el verificado por la Administración (que le asignan las comunidades autónomas para liquidar el ITPAJD) o la adquisición. ¿Y cómo me afectan los cambios? Ejemplos prácticos.Actualizar los valores catastrales no implica que aumente o disminuya el porcentaje de los impuestos que pagas habitualmente, pero cuando se modifica la tasación de la propiedad también varía la base sobre la que se aplica esa tasa. Sin embargo, es cierto que muchas veces los Ayuntamientos juegan con la tasa del IBI para mitigar o incrementar los efectos de estas variaciones. Eso es lo que ha hecho recientemente Zaragoza, que ha rebajado este impuesto del 0,64% al 0,42% en la actualidad. La capacidad de los consistorios en la colección tiene límites fijos y hoy para las propiedades urbanas el IBI tiene que estar, con algunas excepciones, entre el 0,4% y el 1,1%, y para las rústicas, entre el 0,3% y el 0,9%. Veamos un ejemplo de cómo influye el cambio de valor catastral en el pago de impuestos: si tienes una casa que antes estaba valorada en 100.000 euros y el IBI que aplica tu Ayuntamiento es del 0,8%, hasta ahora pagabas 800 euros anuales. Si con la revisión que entró en vigor el 1 de enero el valor ha aumentado un 3%, es decir que tu vivienda se estima ahora en 103.000 euros, este año pagas 824 euros. Otro caso: imaginemos que el valor catastral de tu terreno fuera de 10.000 euros y que en tu municipio el IBI que se aplica a las fincas rústicas - suele ser inferior al de las urbanas - es del 0,4%, por lo que habías estado pagando 40 euros año . Si se encuentra en una localidad que ha revisado a la baja los valores catastrales, digamos un 4%, la recaudación de este año será menor, 38,4 euros ya que el terreno ya está valorado en 9.600 euros. Fuente ElPais. Visita nuestro canal @Lujocentral en Youtube con videos de Motivación para Millonarios, Desarrollo y Crecimiento Personal Youtube: https://www.youtube.com/@Lujocentral @Lujocentral en Redes Sociales Instagram: https://www.instagram.com/Lujocentral Twitter: https://twitter.com/Lujocentral Facebook: https://www.facebook.com/Lujocentral/ #El Hierro #Maó #Lloret de Vista Alegre #Plana Alta #Rio Real |
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