L-1817 Chalet en venta en Selva
Casa de pueblo mallorquina, reformada con muy buen gusto, con…
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2,500,000€
This beautiful penthouse apartment is located in a quiet and private community in Illetas, a highly sought-after neighbourhood in the southwest of Mallorca, offering panoramic views of the sea, city and mountains.
The spacious apartment, which can be accessed by elevator is distributed over 2 levels on the 11th and 12th floor. The property was recently renovated in 2020 with high quality materials.
The lower level of the property offers an open plan living/dining area, a fully equipped kitchen fitted with Miele and Gaggenau appliances, a breakfast island and wine cooler, 3 bedrooms, 2 bathrooms (1 en-suite bathroom and 1 separate bathroom). There is also custom built storage in the hallway.
On the upper floor of the property which can be accessed by an internal staircase, you will find a large private roof terrace which is perfect for both relaxing in the sun or dining. It offers a plunge pool, an outdoor kitchen and BBQ area with dishwasher/fridge/freezer, an outdoor shower and not forgetting the spectacular views.
Additional features include: air conditioning and underfloor heating (both controlled by the Airzone app), new windows with UV-protection, front door with smart lock, Sonos sound system, electrical awnings, Estile, Formes and Iconico furnishings.
Illetas, famous for its fabulous beaches, is a small upmarket resort on the southwestern coastline of Mallorca, just a few kilometres of Palma. Illetas has all the amenities at walking distance. Golf courses and international schools are also in the vicinity. Palma and its international airport are less than 20 and 25 km away respectively, also served by direct public bus lines from the village.
Ref: 30885
VIDEO DE INTERÉSinterior del ático de Michael Kors en Greenwich Village NOTA DE INTERÉS¿Quién paga las reparaciones en una vivienda de alquiler?En este sentido resolvió la Audiencia de Zaragoza en 2009. En el caso enjuiciado, el casero, en virtud de que el contrato de alquiler establecía que la limpieza y mantenimiento de los electrodomésticos correspondía al arrendatario, trató de que fuera él quien costeara la sustitución de la lavadora cuando esta quedó inservible. Los magistrados rechazaron su pretensión argumentando que el mantenimiento en ningún caso puede equipararse con la sustitución. ¿Qué sucede si lo que se estropea no es el electrodoméstico en su conjunto, sino un elemento del mismo?En 2001, el tribunal provincial de Murcia analizó quién debía pagar el programador de una lavadora, una pieza cuya renovación costaba casi la mitad que el total del aparato. Los jueces finalmente determinaron que, dada su elevada cuantía, no podía considerarse una "pequeña reparación", por lo que no cabía imputárselo al inquilino. Sin embargo, en 2003, la Audiencia de Valencia sí condenó al arrendatario a pagar el arreglo de una pieza del calentador, cuyo precio era solo de 45 euros.También son especialmente conflictivos los aparatos de aire acondicionado. No obstante, los tribunales han tendido a considerar que, especialmente en zonas de calor, son un elemento esencial de la vivienda, de tal modo que los arreglos necesarios para su buen funcionamiento los debe soportar el propietario del inmueble. ¿Quién paga las mejoras?Una de las circunstancias que genera cierta confusión entre los inquilinos es la diferencia entre obra de conservación y obra de mejora. Y alguno, por ello, se ha llevado el disgusto de tener que pagar una intervención que pensaba que recaería sobre su casero. Es el caso de unos arrendatarios que, en 2005, en Pontevedra, y ante la negativa del propietario, decidieron cambiar la instalación del suministro de agua de la vivienda. Originariamente, este provenía de un pozo situado debajo del inmueble y, según alegaron los afectados, su funcionamiento era muy deficiente. Tras la obra, reclamaron al casero que les abonara el importe. Sin embargo, la Audiencia no les dio la razón argumentando: "Adviértase que, si bien la sustitución del sistema de suministro existente por la conexión a la red pública puede considerarse como adecuada, o, incluso, deseable por múltiples razones, la mera conveniencia no es suficiente para crear la obligación a cargo del arrendador". Es decir, la obra era una mejora y no una necesidad. El mismo razonamiento empleó la Audiencia de Zaragoza, en 2000, para rechazar la demanda de un inquilino que pedía que el arrendador pagara la colocación de una ducha en un baño que no la tenía. El órgano judicial entendió que su instalación superaba el estado de conservación de la casa exigible al propietario. Fuente ElPais. Visita nuestro canal @Lujocentral en Youtube con videos de Motivación para Millonarios, Desarrollo y Crecimiento Personal Youtube: https://www.youtube.com/@Lujocentral?sub_confirmation=1 @Lujocentral en Redes Sociales Instagram: https://www.instagram.com/Lujocentral Twitter: https://twitter.com/Lujocentral Facebook: https://www.facebook.com/Lujocentral/ #Tiana #Centro #Main Menu #Bons Aires #Santander #Villaviciosa #Pinar de Advocat #Manacor Centro |
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